Búsqueda

Eventos

<<  Mayo 2012  >>
 Do  Lu  Ma  Mi  Ju  Vi  Sà
    1  2  3  4  5
  6  7  8  9101112
13141516171819
20212223242526
2728293031  
Libertad de elección de asesor jurídico PDF Imprimir Correo electrónico
HandshakeUn factor importante, que a menudo se pasa por alto a la hora de seleccionar la sede para un procedimiento de arbitraje internacional, es si las leyes locales que rigen el ejercicio de abogacía en una jurisdicción dada, establecen claramente que las partes están en libertad de elegir el asesor jurídico que deseen para representarles en tales procedimientos, independientemente de si su asesor jurídico está autorizado para ejercer en dicha jurisdicción. Esta es con frecuencia un área indefinida de la ley, cargada de muchos riesgos potenciales. Son pocas las jurisdicciones en todo el mundo, especialmente en las Américas, que tengan leyes que establezcan claramente que un abogado no necesita estar autorizado para ejercer en un lugar determinado, a fin de poder participar en un procedimiento de arbitraje internacional que se realice en ese lugar. Las leyes de la mayoría de las jurisdicciones prohíben o establecen severas restricciones para dicho ejercicio o, en el mejor de los casos, no son claras. Aunque profesionales locales de dichas jurisdicciones intenten restarle importancia a este riesgo ofreciendo seguridades de que estas leyes rara vez se ejecutan, el hecho cierto es que esta situación representa un riesgo sustancial e impredecible.

Por consiguiente, la Sección de Derecho Internacional del Colegio de Abogados de la Florida, trabajó conjuntamente con muchos profesionales de arbitraje internacional de la Florida, en el 2003, a fin de promover la promulgación de reglamentos por parte del Tribunal Supremo de la Florida, que permiten claramente que las partes elijan su asesor jurídico para representarles en los procedimientos de arbitraje internacional que se realicen en la Florida, independientemente de si los asesores de su elección estén autorizados para ejercer en la Florida. Además de la envergadura de la promulgación de estos importantes reglamentos, el hecho de que innumerables profesionales de arbitraje internacional en la Florida trabajaran juntos para alcanzar este objetivo, demuestra el compromiso de la Florida de continuar estableciéndose como una sede principal para el arbitraje internacional.

Estos reglamentos brindan a las partes el derecho vital a usar el asesor jurídico de su elección cuando se realice un procedimiento de arbitraje internacional en la Florida. Generalmente, las partes de un convenio eligen un territorio neutral como lugar para el arbitraje, a fin de evitar que ninguna de las partes tenga ventaja, y el derecho aplicable normalmente es diferente al del foro. Por tanto, si a las partes se les prohíbe usar su propio asesor jurídico que está familiarizado con la transacción y las operaciones de los negocios de las partes, conjuntamente con el derecho aplicable, se pierden muchas de las ventajas del arbitraje internacional.
 
Copyright © 2008-2009 Miami International Arbitration Society, All Rights Reserved; Website design and administration by Jay Rooney; Gateway Florida, Inc.